Oficina de Recaudación - Edif. Usos Múltiples


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La Agencia de Gestión Tributaria y Recaudación del Excmo. Ayuntamiento de Vera, es el responsable principalmente, en nombre y por cuenta del Excmo. Ayuntamiento de Vera, de la aplicación del sistema tributario municipal y de aquellos otros recursos de derecho público cuya gestión se le encomiende, estando dotado de personalidad jurídica pública diferenciada, patrimonio propio, plena capacidad jurídica pública y privada, y autonomía de gestión para el cumplimiento de sus fines.

 

Fines
Dentro de la esfera de sus competencias, constituye el fin del organismo el ejercicio de las potestades administrativas precisas y el desarrollo de las actuaciones administrativas necesarias para que el sistema tributario del Ayuntamiento y la gestión de otros recursos que le corresponda, se aplique con generalidad y eficacia a los obligados, mediante procedimientos de gestión, liquidación, inspección, recaudación y revisión de los actos dictados que, tanto formal como materialmente, minimicen los costes indirectos derivados de las exigencias formales necesarias para el cumplimiento de las obligaciones tributarias o no tributarias.
En el cumplimiento de sus fines, para la consecución de una gestión integral del sistema tributario municipal, el organismo servirá con objetividad los intereses generales y se regirá por los principios recogidos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y, en particular, por los de eficiencia, suficiencia, coordinación, agilidad y unidad en la gestión.

Competencias
El organismo ejercerá para el cumplimiento de sus fines previstos en el artículo anterior, entre otras, las siguientes competencias:


a) La gestión, liquidación, inspección y recaudación en periodo voluntario de los tributos del Excmo. Ayuntamiento de Vera, así como de otros ingresos de derecho público pertenecientes a este que se le encomiende.

b) La recaudación en periodo ejecutivo de todos los ingresos de derecho público del Excmo. Ayuntamiento de Vera.

c) La gestión y/o recaudación en periodo voluntario y/o ejecutivo de ingresos de derecho público pertenecientes a otras entidades que se le encomiende o que a tal efecto conviene.

d) La revisión en vía administrativa de los actos dictados por él.

e) La tramitación y resolución de los expedientes sancionadotes tributarios.

f) El análisis de las previsiones de ingresos públicos y el diseño de la política global de ingresos tributarios.

g) La propuesta, elaboración, e interpretación de las normas tributarias propias del Ayuntamiento, sin perjuicio de la competencia de otros órganos municipales o jurisdiccionales.

h) El seguimiento y la ordenación de la ejecución del presupuesto de ingresos en lo relativo a ingresos tributarios u otros ingresos de derecho público, así como de las transferencias corrientes vinculadas a los anteriores.

i) La colaboración con otras instituciones públicas en las materias objeto del organismo.

j) La gestión, incluida en su caso la recaudación, de expedientes sancionadores no tributarios que se le encomiende.

k) La gestión del procedimiento de aprobación, modificación o derogación de las ordenanzas fiscales que se le encomienden, salvo los acuerdos de ordenación e imposición que serán dictados por el órgano competente.

l) Solicitar cuantos informes sean necesarios para su gestión a otros órganos municipales.
m) En general, todas aquellas competencias no especificadas anteriormente y que están relacionadas con la gestión de los recursos que correspondan al organismo y le hayan sido encomendados.

n) El control de la eficacia de las delegaciones efectuadas en otros órganos, organismos o entidades municipales.






Otros intereses...

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